24 de julio de 2026 a la – 15:10
Hace casi 20 años, un trabajador inició una demanda contra la Municipalidad de Asunción tras ser despedido. Luego de varios años, la Justicia finalmente falló a su favor obligando a la comuna a indemnizarlo; sin embargo, hasta la fecha el extrabajador sigue sin percibir lo que le corresponde y el actual administrador municipal, Luis Bello, se expone a un proceso por desacato.
La Corte Suprema de Justicia (CSJ) dejó firme la condena contra la Municipalidad de Asunción para indemnizar a Victorino Soto Mendoza, un exfuncionario administrativo que prestó servicios subordinados durante 10 años y 8 meses bajo la figura de contratado.
Pese a contar con el fallo favorable de la máxima instancia judicial, la comuna capitalina incurrió en sistemáticas dilaciones, lo que derivó en la apertura de un proceso de ejecución que hoy pone al intendente Luis Bello al borde de una imputación penal.
Un camino judicial de dos décadas
El trabajador fue desvinculado de manera unilateral en enero de 2005. Tras un largo derrotero que incluyó la declaración de incompetencia del fuero laboral, la demanda debió canalizarse ante el fuero Civil y Comercial bajo la figura de daños y perjuicios por responsabilidad contractual.
El abogado defensor de Soto Mendoza, Raúl Mongelós, remarcó que el proceso completo para lograr justicia abarcó casi 20 años.
“Tanto las instituciones públicas como el sector privado utilizan este tipo de contratos para tratar de eludir la responsabilidad del Código del Trabajo y la estabilidad. Pero el artículo 50 habla de que los contratos renovados en forma consecutiva son una forma de violar la ley y adquieren antigüedad laboral”, explicó el profesional.
Fallo de la Corte Suprema de Justicia
La Sala Civil de la Corte Suprema, con voto del ministro Alberto Martínez Simón, revocó las actuaciones de la Cámara de Apelaciones y determinó que, independientemente del rótulo contractual de “servicios civiles”, en la práctica existió una relación de dependencia laboral con cumplimiento de horarios, órdenes jerárquicas y cobro de salarios.
En consecuencia, el máximo tribunal calificó la desvinculación como un acto ilícito y abuso de derecho, fijando una condena base de G. 20.000.000, suma a la que se le adiciona un interés del 20% anual devengado desde marzo de 2005, además del pago de las costas judiciales en todas las instancias.
Debido al transcurso de más de 21 años sin que la comuna ejecute el pago, los intereses superan en más de cuatro veces el valor del capital original, elevando la deuda total a unos cien millones de guaraníes.
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Orden de remitir expediente a la Fiscalía por desacato
A pesar de las promesas administrativas formuladas desde la comuna sobre la inclusión del monto en el presupuesto municipal, la liquidación sigue trabada, dijo el abogado. Ante el incumplimiento deliberado de los plazos fijados en el fuero de ejecución, el juzgado de la causa tomó medidas.
Mongelós confirmó que la Justicia reiteró la orden de remitir los antecedentes al fuero penal por la figura de desacato a una orden judicial.
“La realidad es que hace aproximadamente cuatro años la Municipalidad viene ‘chuleando’ con que va a meter el pago. Ellos pidieron un plazo para que no se remitan los antecedentes, pero como no presentaron la prueba del pago, el juez intimó y volvió a dictaminar la remisión del expediente. Esta es la segunda vez que se ordena”, enfatizó el representante legal.
Una vez que la causa ingrese a la Fiscalía General para la asignación de un agente fiscal de turno, el Ministerio Público deberá evaluar los elementos probatorios y determinar la apertura del proceso penal contra la máxima autoridad municipal, explicó Mongelós.
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