04 de septiembre de 2026 a la – 11:25
La jueza Diana Carvallo declaró en rebeldía y ordenó la captura de un fisioterapeuta imputado por su presunta responsabilidad en hechos de abuso sexual en niños y abuso sexual en personas indefensas. Las víctimas son niños de 10, 7 y 5 años, cuya rehabilitación estaba a cargo del profesional ahora procesado.
El fisioterapeuta de una clínica privada Santiago Luis Guillermo Cappello Barreto fue declarado en rebeldía por la jueza penal de garantías N° 5 Diana Carvallo, quien además ordenó su captura en el marco de la causa abierta por su presunta responsabilidad en abuso sexual en niños y abuso sexual en personas indefensas. Esta causa por hechos punibles contra niños, niñas y adolescentes que se inició el pasado 3 de agosto de 2026.
El profesional fue imputado por el fiscal Juan Marcelo De Jesús García De Zúñiga, por la supuesta comisión de los hechos de abuso sexual en niños y abuso sexual en personas indefensas, específicamente contra tres niños de 10, 7 y 5 años, respectivamente, luego de que los padres de las víctimas hayan denunciado los actos cometidos durante sesiones de rehabilitación.
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Tras la imputación fiscal, el abogado Raúl Caballero Cantero había presentado una reposición contra la providencia judicial que admitía el escrito del agente fiscal García de Zúñiga y convocaba al encausado para su audiencia de imposición de medidas, fijada inicialmente para el 20 de agosto.
La jueza Diana Carvallo había rechazado la acción de la defensa y en forma subsidiaria, un Tribunal de Apelación también analizó la cuestión planteada y terminó confirmando la resolución de la jueza Carvallo, mediante Auto Interlocutorio (AI) N° 217 del 13 de agosto.
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También, el abogado Caballero impugnó una resolución fiscal mediante la cual se habían rechazado diligencias de descargo solicitadas por la defensa de Santiago Cappello, bajo el argumento de que una persona con orden de detención vigente no puede formular planteamientos mientras permanezca oculta de la justicia.
Presentar escritos no es igual a someterse a la justicia, señala jueza
La defensa de Santiago Cappello había solicitado la realización de diligencias tales como la toma de declaraciones a menores de edad, sus padres y funcionarios de la clínica, así como un estudio socioambiental.
Sin embargo, el fiscal Manuel García de Zúñiga rechazó dicha pretensión mediante la Resolución Fiscal N° 120, la cual fue impugnada y cuestionada por supuestamente limitar la defensa.
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Ante tal situación, la magistrada Diana Carvallo señaló que “la cuestión exige distinguir, por una parte, el derecho del imputado a contar con defensa técnica y a formular peticiones dentro del proceso y, por otra, su sometimiento personal y efectivo al procedimiento penal. Ambos extremos no son equivalentes”.
A todo ello, la jueza Carvallo sumó el hecho de que Santiago Cappello no se sometió a la justicia pues “no se encuentra acreditado que el procesado haya comparecido personalmente ante el Ministerio Público o ante este Juzgado a ponerse materialmente a disposición del procedimiento” y “el escrito de ‘puesta a disposición’ presentado por la defensa no modifica dicha conclusión” y situación del imputado.
Procesado debe someter a proceso por hechos punibles contra niños, niños y adolescentes
Añadió la jueza que “tampoco puede concluirse que la recepción y resolución de presentaciones efectuadas por los abogados implique que este Juzgado haya tenido por cumplida la orden fiscal de detención o haya reconocido que el procesado se encuentra personalmente sometido al procedimiento”.
Y puntualizó que “no resulta jurídicamente atendible es pretender derivar de esas actuaciones la consecuencia de que el imputado se encuentra personalmente sometido al proceso, cuando los antecedentes objetivos demuestran que hasta el presente no ha comparecido ante la autoridad fiscal ni jurisdiccional”, para rechazar la impugnación de la defensa contra la resolución fiscal.
En consecuencia, el juzgado descarta la impugnación de la defensa, decreta la rebeldía de Capello y ordena impartir orden de captura contra el fisioterapeuta, cuyo proceso queda interrumpido hasta que se presente a la justicia.
Fono Ayuda 147
Línea gratuita y confidencial para denunciar violencia, abuso o maltrato contra niñas, niños y adolescentes. Disponible 24/7 en todo el país.
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