
06 de agosto de 2026 a la – 10:45
A modo de resguardar el orden y la voluntad cívica, todas las elecciones tienen establecidas una serie de prohibiciones durante los comicios, según el artículo 195 del Código Electoral. La más conocida y que genera dudas es el expendio de bebidas alcohólicas.
¿Qué está permitido y qué está prohibido durante la veda electoral? ¿puedo vender, comprar o consumir alcohol durante este periodo? ¿A qué sanciones penales estoy expuesto si no cumplo con las normas establecidas? Son preguntas frecuentes cuando se aproximan nuevas elecciones. La duda que corre en boca en boca es si está permitido vender o consumir alcohol.
Según el artículo 195 del Código Electoral, en días de elecciones generales – incluyendo a las municipales, que tendrán lugar en Paraguay el domingo 4 de octubre – quedan prohibidas ciertas actividades, entre ellas el expendio de bebidas alcohólicas.
Esta medida no rige en días de elecciones internas partidarias, en las que el voto no es obligatorio.
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¿Qué más estará prohibido en el día de las elecciones municipales?
Además de la suspensión de venta de bebidas alcohólicas, el artículo 195 del Código Electoral paraguayo establece las siguientes prohibiciones:
- La aglomeración de personas o la organización de grupos en un radio inferior a doscientos metros de los centros en que funcionen las mesas receptoras de votos, que directa o indirectamente puedan significar cualquier presión sobre los electores, a menos que se trate de electores formando filas delante de las mesas para sufragar.
- La portación de armas, aún mediando autorización acordada anteriormente por autoridades administrativas, en el mismo radio señalado en el inciso anterior.
- La celebración de espectáculos públicos hasta dos horas después de finalizar los comicios.
- La instalación de mesas de consulta por parte de los partidos, movimientos y alianzas en un radio inferior a doscientos metros de los centros en que funcionen las mesas receptoras de votos.
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